Aprobado el complemento por maternidad en las pensiones contributivas
El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado la enmienda al articulado de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2016 para incluir el complemento por maternidad en las pensiones contributivas que aprobó el Consejo de Ministros en junio.
El complemento de maternidad se aplicará a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente a partir del 1 de enero de 2016.
El porcentaje adicional de la pensión contributiva será:
- del 5% en caso de haber tenido dos hijos
- del 10% para madres de 3 hijos
- del 15% en el caso de cuatro o más
Es decir, una vez calculada la nueva pensión de acuerdo a las reglas de cálculo para cada prestación, se aplica el porcentaje correspondiente en función del número de hijos. El resultado será el importe de la pensión incrementado en esa cantidad.
Este complemento se dirige especialmente a las mujeres con carreras de cotización suficientes para generar una pensión, es decir, mujeres trabajadoras y con residencia continuada en España.
La propuesta responde a una cotización demográfica que reconoce el esfuerzo de las mujeres trabajadoras con hijos en forma de un incentivo económico que contribuya a cerrar la brecha de género a la hora de generar pensiones.
Con esta medida, la Seguridad Social reconoce la aportación de las familias como elemento clave para la sostenibilidad futura del sistema de pensiones, que al ser un sistema de reparto y de solidaridad intergeneracional depende además del empleo de la evolución demográfica. (Revista Activa)
Enlace relacionado:
– Complemento por maternidad en las pensiones contributivas
Etiquetas: maternidad, pensiones contributivas
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