La Mutua y la institución universitaria gaditana suscriben un convenio de colaboración en materia educativa

9 de febrero de 2018 a las 10:13

Firma de convenio de Ibermuuamur con la Universidad de CádizIbermutuamur y la Universidad de Cádiz han firmado un convenio de colaboración para que los estudiantes matriculados en cualquier titulación impartida por la institución gaditana y sus centros adscritos, relacionada con la actividad que desarrolla la Mutua, puedan realizar prácticas académicas externas en Ibermutuamur, tanto curriculares como extracurriculares, con la finalidad de que adquieran una valiosa experiencia para su futura incorporación al ejercicio de las respectivas actividades profesionales.

El convenio ha sido rubricado por Antonio Roca Pereda, director de Ibermutuamur en Cádiz, y por Javier Pérez Fernández, vicerrector de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Cádiz.

En el caso de las prácticas curriculares, Ibermutuamur concretará al inicio de cada curso el número de alumnos de las distintas titulaciones que pueden acceder a este programa, mientras que en el caso de las extracurriculares determinará el perfil, duración y plan formativo para los estudiantes que seleccione a partir de una base de datos que le entregue la Universidad de Cádiz.

La organización de las prácticas académicas externas se concretará en un proyecto formativo de la Universidad de Cádiz, que relacionará los objetivos educativos y las actividades a desarrollar por los alumnos.

La Mutua designará un tutor de prácticas para los estudiantes que se encargará de velar por el desarrollo de su formación práctica y que se coordinará con el tutor académico que designe la Universidad.

La duración inicial del acuerdo será de cuatro años, ampliable a otros cuatro años adicionales si así lo acuerdan ambas partes.

Ibermutuamur es una entidad colaboradora con la Seguridad Social de ámbito nacional, cuya actividad, que depende del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, consiste en la cobertura de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional), que incluye la asistencia sanitaria, la rehabilitación, el abono de la prestaciones económicas derivadas del accidente de trabajo y enfermedad profesional -incapacidad temporal, lesiones permanentes no invalidantes, incapacidad permanente (parcial, total, absoluta y gran invalidez), muerte y supervivencia (auxilio por defunción, viudedad, orfandad y en favor de familiares), riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural y la prestación económica para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave- y la mejora de las condiciones de trabajo y salud en las empresas; la gestión de la incapacidad temporal (baja laboral) por contingencia común (enfermedad común y accidente no laboral); y la protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

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