El Gobierno extiende un mes más los ERTE COVID para facilitar la transición a los ERTE Estructurales de la Reforma Laboral

24 de febrero de 2022 a las 9:50
RDl 2/2022 ERTES y exoneraciones previstas

Tras su aprobación a propuesta de los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

El objetivo de esta norma es el de proporcionar seguridad jurídica, evitar situaciones de vulnerabilidad e incertidumbre tanto para las empresas como para las personas trabajadoras, y garantizar una transición desde la normativa excepcional de emergencia de respuesta a los efectos de la pandemia, al nuevo marco jurídico estable constituido por las reformas introducidas por la reforma laboral en el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre.

En este sentido, la experiencia de los últimos meses ha mostrado la importancia y la eficacia del recurso a los ERTEs, como mecanismo de flexibilidad interna de las empresas para el ajuste temporal de su actividad, de cara a evitar la destrucción de empleo característica de crisis anteriores.

Como dato, es importante destacar que en este momento, por sectores, el porcentaje de trabajadores que se mantienen en ERTE-COVID es menor del 8%, a excepción de las agencias de viajes, cuyo nivel se eleva al 28%.

Así, sobre esta base de la experiencia obtenida con los ERTEs por COVID, a través de la reciente reforma laboral (Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre) se han integrado en el conjunto del sistema de relaciones laborales nuevos instrumentos de garantía del empleo y flexibilidad interna de las empresas, alternativos al despido y la alta temporalidad, con el objetivo de proteger el empleo e impulsar la estabilidad de las relaciones laborales, la inversión y el capital humano.

Extensión de los ERTEs por COVID-19 hasta el 31 de marzo

Una vez consultadas las organizaciones sindicales y empresariales, el Gobierno extiende mediante este nuevo Real Decreto los efectos de las medidas extraordinarias en materia de cotización y de protección por desempleo, incluidas las medidas para personas con contrato fijo discontinuo o que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, así como las medidas complementarias asociadas a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) relacionados con la COVID-19 hasta el 31 de marzo de 2022 facilitando, así, una transición a las medidas estructurales previstas en el Estatuto de los Trabajadores.

Exoneraciones previstas

  • Durante el mes marzo, estará vigente un modelo similar al actual, con exoneraciones en las cotizaciones sociales del 90% en los casos de ERTE por impedimento y del 60% en los casos de empresas que acogidas a un ERTE COVID y desarrollen procesos de formación y del 30% (empresas de menos de 10 trabajadores) y del 20% (más de 10 trabajadores) para aquellos supuestos en los que no se pongan en marcha planes de formación.

En este mes de prórroga se facilita la transición, en primer lugar, en materia de gestión ya que empresas y personas trabajadoras afectadas no tendrán que hacer ningún trámite ya que la extensión actuará de forma automática.

De esta forma, las empresas y trabajadores tendrán tiempo para adaptarse a los nuevos mecanismos permanentes incorporados a nuestro ordenamiento jurídico a partir de la reforma laboral aprobada el pasado mes de diciembre.

Durante ese mes de transición, tendrán tiempo adicional para activar los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), que requieren consultas entre empresa y trabajadores. Durante este plazo también podrán elaborar los planes de formación requeridos.

El mes de transición también servirá para dar respuesta a la petición de activación del Mecanismo RED para el sector de las agencias de viaje.

Mecanismo RED sectorial

En cuanto a sectores, el mecanismo RED sectorial incluye exoneraciones del 40%, condicionadas a formación. En este caso la empresa está obligada a presentar un plan de recualificación que incluya la realización obligatoria de acciones de formación para posibilitar la recolocación en otro puesto dentro de la misma empresa, o bien en otras empresas. Tiene una duración de un año, con la posibilidad de dos prórrogas de seis meses cada una.

A nivel de empresa existen también dos opciones:

  • ERTE por fuerza mayor, si existen restricciones al desarrollo de la actividad (con un 90% de exoneración) y, ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), con un 20% de exoneración si van acompañados de planes de formación.
  • Se prorrogan también hasta el 31 de marzo de 2022 los ERTE de limitación e impedimento y los ERTE ETOP COVID y se mantienen los mecanismos de protección vigentes como el contador a cero y la exención de periodo de carencia, mecanismos que, a partir de ahora se aplicarán con carácter estructural a los ERTE de Fuerza Mayor previstos en la Reforma Laboral.
  • También se prolonga un mes más la prestación extraordinaria para las personas con contrato fijo discontinuo.

Plan MECUIDA

El Plan MECUIDA, que regula el derecho de adaptar y/o reducir la jornada laboral de las personas trabajadoras para atender a los deberes de cuidado como consecuencia del COVID-19extiende su vigencia hasta el 30 de junio.

Erupción de Cumbre Vieja (La Palma)

Por último, los ERTE autorizados a empresas afectadas por la erupción de Cumbre Vieja se transforman de forma automática, en ERTE de Fuerza Mayor sin que las empresas tengan que tramitar nueva solicitud, hasta el 30 de junio de 2022.

Más información:
Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero

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