La Seguridad Social amplia el horario de atención al público para atender la demanda de información sobre empleados domésticos

1 de junio de 2012 a las 13:00

hogar-se1La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ampliará durante el mes de junio el horario de apertura de sus oficinas en 13 Direcciones Provinciales con el fin de atender la demanda de información sobre la incorporación al Régimen General de los empleados domésticos, cuyo plazo concluye el día 30 de este mes. A partir de esa fecha desaparece el Régimen Especial de Empleados.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha dispuesto en su página web un apartado específico para resolver cualquier duda que se suscite tanto a empleadores como a empleados domésticos sobre el procedimiento a seguir en las nuevas afiliaciones y en el trasvase de las afiliaciones ya existentes desde el Régimen Especial de Empleado de Hogar, a extinguir a partir del 30 de junio, al nuevo Sistema Especial adscrito en el Régimen General.

¿Qué ocurre si no se ha comunicado dentro del plazo establecido?

Si llegado el 30 de junio de 2012, no se ha comunicado el cumplimiento de las condiciones exigidas para la inclusión en el nuevo Servicio Especial para Empleados de Hogar:

En el caso de empleados de hogar que prestan servicios de manera exclusiva y permanente para un único empleador, su cotización al Sistema Especial pasará a efectuarse, desde el día 1 de julio de 2012 por la base de cotización establecida en el tramo superior de la escala de cotización. A tal efecto, la Tesorería General de la Seguridad Social creará, de oficio, un Código de Cuenta de Cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y adscribirá al mismo a los trabajadores que consten de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar.

En el caso de los empleados que trabajan en varias casas, si los empleadores para los que prestan servicios no han comunicado el cumplimiento de las condiciones exigidas para la inclusión en el Sistema Especial, quedarán excluidos de dicho Sistema Especial. La Tesorería General de la Seguridad Social cursará de oficio la baja en el Régimen correspondiente, a partir del día 1 de julio.

Nuevas altas en el Sistema Especial de los Empleados de Hogar

Para las nuevas afiliaciones en el Sistema Especial de los Empleados de Hogar, el empleador que lo desee puede escoger a Ibermutuamur, mutua de accidentes de trabajo y enfermedad profesional de la Seguridad Social, para proteger los riesgos profesionales del trabajador, ya que ofrecemos una respuesta integral a la cobertura de accidente de trabajo y enfermedad profesional de los empleados de hogar.  Si el empleador ha optado por cubrir también con Ibermutuamur la gestión de la incapacidad temporal por contingencia común de su empleado de hogar, a partir del 9º día de la baja, Ibermutuamur se ocupará de gestionar la incapacidad temporal por contingencia común. Esta gestión comprende tanto el pago del subsidio por incapacidad temporal derivado de enfermedad común o accidente no laboral como el seguimiento y control médico del estado de salud del empleado de hogar.
En caso de que precise más información, estamos a su disposición en cualquiera de nuestros centros y en el Teléfono de Atención al Cliente de Ibermutuamur 902 010 777, de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Enlaces de interés:

¿Cómo dar de alta al trabajador en el Sistema Especial de los Empleados de Hogar y en qué plazos? (Afiliación, altas y bajas)

Bases y tipos de cotización para los empleados de hogar a partir de 2012

Real Decreto que regula la protección por contingencias profesionales al Régimen de Empleados de Hogar

Sistema Especial para empleados de hogar

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