Obligatoriedad de transmitir por RED los certificados de empresa por maternidad y paternidad

29 de mayo de 2018 a las 10:35

La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, profundiza en el proceso de modernización y potenciación de la administración electrónica.

Ya es obligatorio…

Así, en su artículo 1, se incluye una nueva actuación que obliga a las empresas a transmitir mediante el Sistema RED, la comunicación empresarial de la fecha de inicio de la suspensión del contrato de trabajo o del correspondiente permiso, a efectos de la tramitación de las prestaciones por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, así como de las reducciones de jornada de trabajo de los progenitores, adoptantes o acogedores, a efectos de la tramitación de la prestación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Por tanto, y de acuerdo con la Disposición Final única de la Orden ESS/214/2018, que establece la entrada en vigor de dicha Orden, ya es obligatorio (desde el pasado 1 de abril) remitir mediante el Sistema RED, los citados certificados de empresa a efectos de la tramitación de las prestaciones por maternidad y paternidad.

Y lo será a partir de 2019…

Además, será  obligatorio también, en este caso desde el 1 de enero de 2019,  para las prestaciones por riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural y para las reducciones de jornada de trabajo de los progenitores, adoptantes o acogedores, a efectos de la tramitación de la prestación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Procedimiento

Sobre el procedimiento de comunicación de los certificados de empresa a efectos de la tramitación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural y para las reducciones de jornada de trabajo de los progenitores, adoptantes o acogedores, a efectos de la tramitación de la prestación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, que como hemos dicho será obligatorio transmitir por RED a partir el 1 de enero de 2019, se informará próximamente en los Boletines de Noticias Red de la Tesorería General de la Seguridad Social, a cuya difusión queremos colaborar siempre dado su interés para empresas y trabajadores.

 

Más información en Boletines de Noticias RED

 

 

 

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