Nueva Orden ESS/2056/2012, que fija las bases de cotización por Contingencias Comunes para la Minería del Carbón
El artículo 120.Ocho de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, prevé que, para la determinación de las bases normalizadas de cotización por contingencias comunes en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, correspondientes al ejercicio de 2012, se aplicará el procedimiento descrito en las reglas contenidas en el citado precepto, facultando al Ministerio de Empleo y Seguridad Social para fijar la cuantía de las citadas bases de cotización.
Con ese objeto se ha publicado esta nueva Orden, mediante la cual se determinan las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en el Régimen Especial para la Minería del Carbón.
Esto se regula teniendo en cuenta, para la determinación de tales bases, la cuantía de las bases de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011, ambos inclusive (con las especialidades contenidas en el artículo 57 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre).
En este sentido, se dispone que la Secretaría de Estado de la Seguridad Social establecerá los plazos especiales para el ingreso de las diferencias que resulten de la aplicación de las bases que se fijan en esta nueva Orden, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando durante los meses transcurridos del ejercicio 2012.
Orden ESS/2056/2012 – Bases diarias normalizadas de cotización
Etiquetas: bases normalizadas cotización 2012, contingencias comunes, mineria del carbón, seguridad social
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