La Tarifa Plana de 100 euros a la contratación indefinida se amplía a los socios trabajadores de cooperativas

21 de mayo de 2014 a las 9:44

tarifa_plana_seguridad_socialLa ministra de Empleo y Seguridad Social ha anunciado  la ampliación de la Tarifa Plana de 100 euros para la contratación indefinida a aquellos emprendedores que se incorporen como socios trabajadores a una cooperativa o a una sociedad laboral, con el objetivo de facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades de la Economía Social, y que este sector contribuya a la estabilidad en el empleo.

La ministra también ha avanzado la puesta en marcha de un Programa para la Internacionalización e Innovación de las Entidades de la Economía Social, que será financiado con recursos procedentes del Fondo Social Europeo.

Asimismo, ha explicado que el próximo periodo de programación 2014-2020 del Fondo Social Europeo, España contará, por primera vez en la historia, con un programa específico de impulso a la Economía Social. Se trata del Programa Operativo de Inclusión Social y de la Economía Social, dotado con más de 800 millones de euros en términos de ayuda para los próximos 7 años.

Báñez ha explicado que en el último año se han creado en España 703 nuevas cooperativas, que entre el primer trimestre de 2013 y el primer trimestre de 2014, han supuesto la creación de 9.371 nuevos empleos. A día de hoy ya hay casi 33.000 cooperativas y sociedades laborales dadas de alta en la Seguridad Social, que dan empleo directo a casi 350.000 personas

Además, las empresas de inserción y los Centros Especiales de Empleo dan trabajo a cerca de 75.000 personas que se encuentran en riesgo de exclusión o presentan algún tipo de discapacidad y que encuentran especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo.

A estos datos hay que sumar, además, los miles de empleos que generan las asociaciones, las fundaciones, las mutualidades, las cofradías de pescadores y otras “entidades singulares” que también forman parte de la Economía Social.  

Hoy en España, forman parte de la Economía Social más de 200.000 entidades, lo que sitúa a España como el tercer país de la UE por número de entidades, un importe equivalente al 10% del PIB, y que aglutinan casi 2 millones de empleos directos e indirectos.

Se han puesto en marcha nuevas bonificaciones de hasta 1.650 euros al año para que las cooperativas y sociedades laborales incorporen como socios trabajadores a desempleados meno­res de 30 años y para que las em­presas de inserción contraten a jóvenes en riesgo de exclusión social. (Nota informativa MEYSS)

Tarifa Plana 100 euros a la contratación indefinida

La Tarifa Plana es una reducción en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes

Características

La tarifa plana afecta sólo a la cotización por contingencias comunes y se fija en un máximo de 100 euros/mes durante los dos primeros años de contrato, con la obligación de aumentar la plantilla y mantenerla como mínimo durante 3 años.
Aparte, si la empresa tiene menos de 10 trabajadores, durante el 3º año de contrato, se contará con una reducción adicional del 50% en la cuota de contingencias comunes. Dicha tarifa plana, se hace extensiva a contratos indefinidos a tiempo parcial, con un máximo de jornada del 50%, que pagarán el 50% de la tarifa y si la jornada llega al 75%, pagarán este porcentaje.

Limitaciones a la tarifa plana en la Seguridad Social

– Las empresas no podrán acogerse a esta fórmula de contratación si existe un despido indefinido improcedente posterior al 24/02/2014. Si existe, no se podrá acoger a la tarifa plana hasta que hayan pasado 6 meses.
– La contratación con tarifa plana sólo estará vigente hasta el 31/12/2014 y se favorecerán los contratos realizados durante este año.
– La devolución de las bonificaciones disfrutadas por la empresa en el caso de incumplir el requisito de mantenimiento del empleo son:

  • Si se despide durante el primer año de duración del contrato, se tendrá que devolver el 100% de las cuantías bonificadas.
  • Si se despide durante el segundo año, se tendrá que devolver el 50%.
  • Si durante el tercer año se realiza el despido, se devolverá el 33%.

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