El Gobierno estudia un informe sobre el anteproyecto de la Ley de Mutuas de la Seguridad Social

9 de diciembre de 2013 a las 16:03
Ministerio Empleo y Seguridad Social

logo_meyssEl Consejo de Ministros ha estudiado el informe presentado por la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, sobre el anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las mutuas de la Seguridad Social.  

Existe un mandato para actualizar su regulación en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

La nueva regulación tendrá por objetivo modernizar el funcionamiento y gestión de estas entidades, garantizando la transparencia y eficacia, contribuyendo en mayor medida a la lucha contra el absentismo laboral y a la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social.

Asimismo, la nueva Ley pretende dotar al marco jurídico que regula las mutuas de mayor claridad, transparencia y seguridad jurídica, al incorporar muchos aspectos actualmente no regulados o contemplados de forma dispersa en normas reglamentarias.

Situación de las mutuas

Las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social son asociaciones de empresarios sin ánimo de lucro cuyo objeto exclusivo es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social.

Gestionan las contingencias profesionales de casi 13 millones de trabajadores, las contingencias comunes de más de 11 millones y el cese de actividad de casi 600.000 autónomos. Ingresaron en 2012 más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes y más de 131 millones por cese de actividad.

La colaboración de las mutuas en la gestión de la Seguridad Social consiste en:

•La gestión de las prestaciones económicas y de la prestación de asistencia sanitaria derivada de contingencias profesionales.
•La realización de actividades de prevención de riesgos laborales de la Seguridad Social (son las prestaciones de servicio denominadas prevención con cargo a cuotas).
•La gestión de la prestación económica por Incapacidad Temporal (IT) derivada de contingencias comunes.
•La gestión de la prestación por riesgo durante el embarazo, lactancia natural y por cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave.
•La gestión del cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Nota informativa MEYSS

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