Se crea la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

13 de noviembre de 2013 a las 8:55

semsssi Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, con fecha 13 de noviembre, la Orden SSI/2076/2013, de 28 de octubre, por la que se crea la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (SEMSSSI).

El objeto de esta orden es la creación de la Sede Electrónica con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Su ámbito de aplicación se extiende exclusivamente a los órganos pertenecientes al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad Asimismo, la SEMSSSI extenderá su ámbito a los organismos que se determinen en los convenios de colaboración. Estos acuerdos serán objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Las características de la SEMSSSI, entre otras:

  • Se realizarán todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la Administración Pública en sus relaciones con éstos por medios electrónicos, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.
  • La dirección electrónica de referencia de la sede será https://sede.msssi.gob.es.
  • Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la sede:
    1.º Para el acceso electrónico, a través de Internet.
    2.º Para la atención presencial, las oficinas del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, conforme a las competencias definidas en las normas reguladoras de la organización ministerial, sin perjuicio del acceso a través de los registros regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    3.º Para la atención telefónica, los servicios de información departamental, en el teléfono 901 400 100.
  • La información y los servicios incluidos en la SEMSSSI cumplirán los principios de accesibilidad y usabilidad.
  • Los contenidos publicados en la SEMSSSI responderán a los criterios de seguridad e interoperabilidad.

La sede electrónica que se crea en la presente orden estará operativa en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma.

Enlace a la Orden SSI/2076/2013 – BOE

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