Se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación

17 de octubre de 2013 a las 13:20

certificados_profesionalesSe ha publicado en el Boletín Oficia del Estado de fecha 17 de octubre la  Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación

La presente orden desarrolla la modalidad de teleformación para la impartición de los certificados de profesionalidad así como determinados aspectos del resto de modalidades de impartición, que permiten configurar una oferta flexible y de calidad de esta formación y una adaptación a las necesidades de los trabajadores y de las empresas en el marco de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio. Con este fin, la oferta de formación de los certificados de profesionalidad podrá impartirse, en su totalidad o en parte, de forma presencial o mediante teleformación e incluso realizarse parte en una empresa a través de la formación profesional dual.

Los certificados de profesionalidad tienen por objeto impulsar y extender entre las empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que contribuya a la adquisición, mejora y actualización permanente de las competencias y cualificaciones profesionales, favoreciendo el aprendizaje a lo largo de toda la vida de la población activa, y conjugando las necesidades de las personas, de las empresas, de los territorios y de los sectores productivos. La oferta formativa vinculada con la obtención de estos certificados constituye un importante instrumento en el desarrollo de las actuales políticas activas de empleo.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE

 Enlace al texto completo de la Orden ESS/1897/2013

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