Sistema de incentivos para empresas que contribuyan a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral(BONUS)

30 de marzo de 2016 a las 7:45

El 1 de abril se inició el plazo para presentar las solicitudes al sistema de incentivos (Bonus) de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales, correspondiente al ejercicio 2015 (Campaña Bonus 2016).

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Las empresas que hayan contribuido eficazmente a la disminución de la siniestralidad, con inversiones cuantificables en prevención de riesgos laborales y con la realización de actuaciones efectivas en la prevención del accidente de trabajo y la enfermedad profesional pueden solicitar desde el 1 de abril el sistema de incentivos Bonus.

En la campaña “Bonus 2016”, el periodo de observación puede ser:

  • Un año, el 2015, para las empresas que superen 5.000 € de volumen de cotización por contingencias profesionales en el ejercicio 2015 y presentaran solicitud en la campaña pasada. También para las empresas que, superado los 5.000 € de volumen de cotización en el ejercicio 2015, no presentaran solicitud en la campaña anterior, a pesar de haber superado el volumen de cotización de los 5.000 € en periodos de observación precedentes.
  • Dos años, el 2014 y el 2015, para las empresas que hayan superado los 5.000€ en la suma de los ejercicios (2014 + 2015), siempre y cuando en el ejercicio 2014 no se hayan superado los 5.000€ y no formase parte de una solicitud anterior.
  • Tres años, el 2013, 2014 y 2015, para las empresas que hayan superado 5.000€ de volumen de cotización por contingencias profesionales en la suma de los ejercicios (2013 + 2014 + 2015), siempre y cuando los ejercicios 2013 y 2014 no hayan formado parte de una solicitud anterior, ni se hayan alcanzado los 5.000€ de cotización sumando los ejercicios (2013 + 2014).
  • Cuatro años, el 2012, 2013, 2014 y 2015, para las empresas que solo superen los 5.000€ de volumen de cotización por contingencias profesionales, sumando los cuatro ejercicios a la vez (2012 + 2013 + 2014+ 2015) y siempre que los ejercicios 2012+2013+2014 no formen parte de una solicitud anterior y no hayan superado los 5.000€ entre los tres.
  • Cuatro años, el 2012, 2013, 2014 y 2015, para las empresas que aunque no superen los 5.000€ de volumen de cotización por contingencias profesionales, sumando los cuatro ejercicios a la vez (2012 + 2013 + 2014 + 2015), hayan cotizado como mínimo 250€ en ese periodo de tiempo (Pequeñas empresas beneficiarias) y siempre que los ejercicios 2012+2013+2014 no formen parte de una solicitud anterior.Estarán excluidas las empresas que cotizaron más de 250€ y menos de 5.000€, en los periodos de 2010 a 2013, y 2011 a 2014

Para las empresas que una vez alcanzado el volumen mínimo de cotización no soliciten el incentivo en el ejercicio correspondiente, comenzará a computarse un nuevo periodo de observación.

Para consultar toda la información y formularios necesarios para solicitar el incentivo pinche aquí.

El plazo para la presentación de solicitudes finalizaba el 15 de mayo pero se ha prorrogado hasta el 30 de junio.

Si desea más información sobre el sistema de incentivos a empresas, puede llamar al número de Atención Telefónica Integral 900 23 33 33 o enviando un e-mail a bonus@ibermutuamur.es.

Más información:

Folleto resumen Bonus 2016
Guía completa Bonus 2016

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