Fernando Rivera explica en Gijón la responsabilidad del empresario en relación a las contingencias profesionales

1 de septiembre de 2017 a las 7:24
Acto de Graduados Sociales de Asturias en Gijón

De izda. a dcha.: David Argüelles García, vicepresidente primero de la Cámara de Comercio de Gijón, Antonio González Fernández, director general de Empleo del Principado de Asturias, Javier San Martín Rodríguez, presidente del Consejo de Graduados Sociales de España, Marcos Martínez Álvarez, presidente del Colegio de Graduados Sociales de Asturias y Fernando Rivera Arija, director de zona de Prestaciones de Ibermutuamur.

Las responsabilidades empresariales derivadas de las contingencias profesionales” fue el título de la conferencia que impartió el pasado 9 de agosto el director de zona de Prestaciones Asturias, Cantabria, País Vasco y Navarra, Fernando Rivera Arija, en un acto organizado por el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Asturias y que tuvo lugar en el Salón de Actos del Recinto de la Feria de Muestras de Gijón.

El acto también contó con la participación de David Argüelles García, vicepresidente primero de la Cámara de Comercio de Gijón, Antonio González Fernández, director general de Empleo del Principado de Asturias, Javier San Martín Rodríguez, presidente del Consejo de Graduados Sociales de España, y Marcos Martínez Álvarez, presidente del Colegio de Graduados Sociales de Asturias.

Durante su intervención, Fernando Rivera se refirió a los distintos tipos de responsabilidad empresarial, tanto en relación a los incumplimientos con la Seguridad Social como en materia de prevención de riesgos, además de abordar las responsabilidades civiles y/o penales del empleador.

Sobre los incumplimientos de obligaciones respecto a la Seguridad Social, el ponente hizo hincapié en la falta de alta del trabajador en el sistema, el descubierto en las cotizaciones y la infracotización, para después definir a quién corresponde la competencia a la hora de declarar la consiguiente responsabilidad empresarial.

A continuación se refirió a los recargos en las prestaciones por la falta de unas adecuadas medidas de seguridad, enumerando las distintas sanciones administrativas que se contemplan en estos casos y los principios que rigen el procedimiento sancionador. También en este apartado explicó a qué organismo correspondía determinar la responsabilidad empresarial.

Por último, detalló los fundamentos legales que regulan la responsabilidad civil y penal de los empresarios, la finalidad de las disposiciones legales vigentes o el cálculo de las indemnizaciones previstas. En el capítulo penal, especificó los artículos aplicables por infracción de las normas de prevención, así como las penas concretas que corresponden a los delitos de homicidio o lesiones por imprudencia.

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