Objetivos y funciones del recién creado Observatorio para la lucha contra el fraude a la Seguridad Social
Mediante la Orden TMS/667/2019, de 5 de junio, se ha creado el Observatorio para la lucha contra el fraude a la Seguridad Social.
Se constituye como un órgano de participación para el estudio y formulación de propuestas de actuación en la lucha contra el fraude a la Seguridad Social, evaluación de sus resultados, así como su difusión y sensibilización.
Se pretende que sea un instrumento de cooperación y colaboración entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito estatal o provincial, según el caso, en materia de prevención, detección y corrección del fraude al sistema de la Seguridad Social.
El observatorio se configura como órgano colegiado y se integra en la Tesorería General de la Seguridad Social, dependiendo directamente de su Dirección General.
Objetivos
El Observatorio para la lucha contra el fraude a la Seguridad Social tiene como objetivos:
- Impulsar acciones y mecanismos que mejoren la prevención, detección y corrección del fraude en el ámbito del sistema de la Seguridad Social.
- Proponer la realización de estudios y análisis de datos en el ámbito de la afiliación, cotización y recaudación para identificar posibles conductas irregulares y de fraude, con especial atención a las que tengan repercusión en la percepción de beneficios y prestaciones del sistema de la Seguridad Social de una forma indebida.
- Promover acciones y medidas dirigidas a la prevención del fraude a la Seguridad Social derivadas de los estudios de comportamiento y análisis de los datos disponibles.
Funciones
Al observatorio le corresponde desarrollar las siguientes funciones:
- Coordinación, impulso, planificación y lanzamiento de iniciativas dentro de su ámbito de actuación: análisis concretos, propuestas de colaboración y organización de dinámicas de trabajo.
- Análisis y explotación de la información disponible, optimizando la utilización delas herramientas informáticas disponibles a efectos de la prevención y la lucha contra el fraude.
- Análisis de aquellas actuaciones y comportamientos que pudieran revestir carácter fraudulento, que no figuren incluidas en el plan anual de objetivos conjuntos entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a efectos de considerar la conveniencia de su inclusión en el mismo o de la actuación de oficio por las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
- Establecimiento de estándares de actuación y protocolos que guíen de forma homogénea las nuevas actuaciones inspectoras y, en su caso, las actuaciones de oficio de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Nacional de la Seguridad Social y del Instituto Social de la Marina.
- Estudio y/o proposición de mecanismos de colaboración o cooperación que permitan impulsar o profundizar en medidas de prevención y descubrimiento del fraude a la Seguridad Social.
- Realización del seguimiento de las actuaciones emprendidas en términos de resultados obtenidos y recursos invertidos, con el fin de obtener información para identificación de futuros objetivos y actuaciones.
- Análisis de la normativa vigente, con objeto de evitar resquicios legales al fraude, así como el impacto de posibles modificaciones y novedades normativas.
- Divulgación de los resultados, tanto de la actuación conjunta de la Tesorería General de la Seguridad Social con el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, como de la actuación realizada por los actores del observatorio.
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Etiquetas: 2019, boe, seguridad social
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