Presentado el anteproyecto de Ley de sistema de protección por cese de actividad de los autónomos

20 de noviembre de 2009 a las 15:32

 

autonomo1El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha presentado al Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley para su aprobación, que regula el sistema de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, dando un importante paso en el cumplimiento del mandato contemplado en la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.

De acuerdo con la Ley, el Gobierno ha elaborado una propuesta que recoge un sistema específico de protección, para aquellos trabajadores autónomos que cesen en su actividad de manera involuntaria, basado en tres principios básicos: contributivo, solidario y sostenible financieramente.

El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la Protección por Cese de Actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Según la normativa hay dos tipos de colectivos afectados:

  • Los trabajadores autónomos que obligatoriamente tienen que cotizar por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, que son los trabajadores autónomos económicamente dependientes así como los trabajadores autónomos que estén en actividades profesionales con un mayor riesgo de siniestralidad. Cuando se determinen esas actividades de mayor riesgo de siniestralidad ( previsiblemente transporte, construcción, y algunas actividades industriales) y se desarrollen los contratos de trabajadores autónomos económicamente dependientes, el número de autónomos cotizantes ascenderá aproximadamente a un millón.
  • Los trabajadores autónomos que voluntariamente opten por cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En la actualidad hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por esta cobertura (incluye a 176.000 trabajadores autónomos del sector agrario).

La duración de la protección estará en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación de cese, conforme a lo siguiente:

Para un periodo de cotización de entre 12 y 17 meses, son 2 meses de protección.
Para un periodo de cotización de 18 a 23 meses, son 3 meses.
Para un periodo de 24 a 29, son 4
Para un periodo de 30 a 35, son 5.
Para un periodo de 36 o más, son 6.

Esta duración se incrementa si se trata de autónomos entre 60 y 64 años, quedando en ese caso de la siguiente manera:

Para un periodo de cotización de entre 12 y 17 meses, son 3 meses de protección.
Para un periodo de 18 a 23 meses, son 4 meses.
Para un periodo de 24 a 29, son 6.
Para un periodo de 30 a 35, son 8.
Para un periodo de 36 o más, con 9.

La cuantía del subsidio, durante todo el periodo de disfrute, será del 70% de la base por la que venía cotizando durante los doce meses anteriores. Sobre la base mínima del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de 833,40 euros mensuales para 2009, la prestación alcanzaría los 583,38 euros y la prestación máxima puede llegar a 1.383,9 euros en el caso de tener dos o más hijos.

Teniendo en cuenta que en los primeros 12 meses no existe gasto en prestación, se ha establecido un tipo de cotización para los trabajadores autónomos del 1,5% de la base, con una reducción del 0,5% en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, por lo que el trabajador cotizará efectivamente para el primer año sobre un 1%, sobre la base mínima de 833,40 euros. La cotización mínima sería de 12,5 euros mensuales, sin aplicar la reducción de 0,5%, y de 8,33 con la reducción.

Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecerá el tipo de cotización que permita financiar este sistema de protección de los trabajadores autónomos que cesen involuntariamente en su actividad.

Una vez aprobado el anteproyecto de Ley, este será remitido al Consejo Económico y Social para que sea informado. Una vez hechas las observaciones del Consejo, el Gobierno aprobará el Proyecto de Ley que establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos para que sea tramitado por las Cortes Generales.

Fuente: Ministerio de Trabajo e Inmigración

Etiquetas: , ,

Compartir: Meneame Fresqui Delicious

© Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274.
Aviso legal y privacidad