Real Decreto-ley 1/2013

28 de enero de 2013 a las 11:38

logoBOE2009[1]Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, de fecha 26 de enero, el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas.

Entre las medidas que se contemplan en el presente real decreto-ley destaca la prórroga del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y la previsión de su continuidad en tanto permanezcan las circunstancias que lo justifican. La norma posibilita una prórroga automática del programa por períodos de seis meses cuando la tasa de desempleo, según la Encuesta de Población Activa (EPA), fuera superior al 20 por ciento.

El Programa mantiene las mismas condiciones que en la actualidad, de manera que los parados de larga duración o con cargas familiares que agoten la prestación o subsidio por desempleo de nivel contributivo y no tengan otros ingresos percibirán durante seis meses una ayuda de 400 euros mensuales. Dicha cantidad se eleva a 450 euros para los parados con mayores cargas familiares.

El decreto amplía el derecho a la reposición de la prestación contributiva por desempleo a aquellos trabajadores que se les haya suspendido o reducido la jornada hasta el 31 de diciembre de 2013 y cuyo despido se produzca hasta el 31 de diciembre de 2014.

Esta medida, que fue incluida en la reforma laboral, garantiza que el trabajador mantendrá la misma duración de la prestación por desempleo a la que tuviera derecho en el momento en el que comenzaron las medidas de flexibilidad interna.   

Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2013 el plazo para mantener la posibilidad de efectuar contratos para la formación y el aprendizaje no vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional.

De esta forma, la actividad formativa asociada a este tipo de contratos podrá seguir estando constituida por los contenidos mínimos orientativos establecidos en el fichero de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal.

Además, se regulan otras acciones como la dirigida a los trabajadores eventuales agrarios de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura que han padecido los efectos de la sequía.

Real Decreto-ley 1/2013 (BOE)

Nota informativa MEYSS

Etiquetas: , , ,

Compartir: Meneame Fresqui Delicious

© Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274.
Aviso legal y privacidad