Novedades que introducirá el nuevo Reglamento de Equipos de Protección Individual

10 de mayo de 2017 a las 7:29

El nuevo Reglamento de Equipos de Protección Individual (EPI) será aplicable a partir del 21 de abril de 2018.

Esto será así con caracter general menos en el caso los artículos relacionados con la notificación de organismos (artículos 20 a 36), Comité EPI (artículo 44) y sanciones (artículo 45).

Estos artículos anteriores, se aplican desde octubre de 2016 en los dos primeros casos, es decir, organismos y Comité, mientras que será a partir del 21 de marzo de 2018 cuando se aplique el correspondiente a las sanciones.

El nuevo Reglamento será aplicable a partir de abril de 2018.

El nuevo Reglamento será aplicable a partir de abril de 2018.

Los principales cambios que introducirá el nuevo Reglamento son los siguientes:

  • Instrumento legal: un reglamento es directamente aplicable frente a una directiva que requiere la transposición nacional.
  • Campo de aplicación: se incluyen los EPI diseñados y fabricados para la protección frente al calor de uso privado.
  • Requisitos esenciales de salud y seguridad: además de plantearse algunas modificaciones
    menores, los EPI deben proporcionar protección frente a “los riesgos para los que están previstos” y no “frente a todos los riesgos existentes”.
  • Categorías de riesgos: se simplifican basando las definiciones sólo en los riesgos frente a los que el EPI protege y listas exclusivas de riesgos.
  • Procedimientos de evaluación de la conformidad: se adaptan a los módulos del NLF (New Legislative Framework), o nuevo marco legislativo europeo.
  • Operadores económicos (fabricantes, representantes autorizados, importadores, distribuidores) y sus obligaciones: descripciones más detalladas procedentes del NLF.
  • Comité EPI y actos de ejecución: referencia al reglamento europeo número182/2011 en relación con las decisiones sobre las objeciones formales contra las normas armonizadas, las cláusulas contra productos y el cuestionamiento de la competencia de organismos notificados.
  • Normas armonizadas y presunción de conformidad: se incluye referencia al reglamento europeo número 1025/2012 sobre normalización europea.
  • Vigilancia del mercado y procedimiento de salvaguardia: refuerza las actividades y simplifica los procedimientos.
  • Declaración UE de conformidad: se incluye un modelo y contenido más detallado procedente del nuevo marco legislativo.
  • Certificado de examen UE de tipo: se establecen condiciones de validez y fecha de caducidad de 5 años de acuerdo al nuevo marco. (INSHT)

Guía sobre la transición de los EPI

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