Real Decreto por el que se regula la prestación de servicios sanitarios por las mutuas
Con fecha 22 de noviembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Se trata pricipalmente de optimizar los medios de que disponen las mutuas para la prestación de la asistencia sanitaria y recuperadora así como la coordinación con el resto de medios públicos en esta materia.
- Las mutuas deberán usar preferentemente, en ausencia de recursos propios adecuados, los que tengan disponibles otras mutuas.
- Tambien podrán firmar convenios con los servicios de salud para atender demandas de salud de la población en general o para prestar servicios a sus trabajadores protegidos.
- Sólo en caso de inexistencia, insuficiencia o no disponibilidad de recursos en las mutuas o de inexistencia de convenios con las Administraciones Públicas sanitarias podrán acudir a medios privados que cuenten con la aprobación de las Administraciones y con lo establecido en el Real Decreto.
Este nuevo texto legal regula los precios que se aplicarán cuando las mutuas proporcionen servicios sanitarios a quienes carecen del derecho a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social o a los que teniendo derecho existe un tercero obligado a su pago; tambien en los supuestos de personas ajenas a su colectivo de trabajadores o con otras mutuas con las que no se mantienen acuerdos.
Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre
Etiquetas: acuerdos, mutuas, real decreto 1630/2011, servicios sanitarios
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