Real Decreto por el que se regula la prestación de servicios sanitarios por las mutuas

25 de noviembre de 2011 a las 14:29

logoBOE2009[1]Con fecha 22 de noviembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Se trata pricipalmente de optimizar los medios de que disponen las mutuas para la prestación de la asistencia sanitaria y recuperadora así como la coordinación con el resto de medios públicos en esta materia.

  •  Las mutuas deberán usar preferentemente, en ausencia de recursos propios adecuados, los que tengan disponibles otras mutuas.
  • Tambien podrán firmar convenios con los servicios de salud para atender demandas de salud de la población en general o para prestar servicios a sus trabajadores protegidos.
  • Sólo en caso de inexistencia, insuficiencia o no disponibilidad de recursos en las mutuas o de inexistencia de convenios con las Administraciones Públicas sanitarias podrán acudir a medios privados que cuenten con la aprobación de las Administraciones y con lo establecido en el Real Decreto.

Este nuevo texto legal regula los precios que se aplicarán cuando las mutuas proporcionen servicios sanitarios a quienes carecen del derecho a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social o a los que teniendo derecho existe un tercero obligado a su pago; tambien en los supuestos de personas ajenas a su colectivo de trabajadores o con otras mutuas con las que no se mantienen acuerdos.

Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre

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