Objetivo y principales áreas de actuación del nuevo Plan de Acción Nacional contra el Trabajo Forzoso

21 de enero de 2022 a las 9:57

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por el que se aprueba el Plan de Acción Nacional contra el Trabajo Forzoso: relaciones laborales obligatorias y otras actividades humanas forzadas.

Plan de Acción Nacional contra el Trabajo Forzoso

El acuerdo da cumplimiento a la exigencia del Protocolo de 2014 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que fue ratificado por España el 12 de diciembre de 2017 y entró en vigor el 20 de septiembre de 2018 y que exige a los estados que lo suscriban desarrollar un plan de acción nacional para lograr la erradicación del trabajo forzoso. Una exigencia a la que España no había dado cumplimiento hasta el momento.

El Plan de Acción está centrado, ante todo, en la protección de las víctimas por lo que resulta esencial la tipificación del delito de trabajo forzoso y en la adopción de medidas dirigidas a conocer mejor su perfil, con el fin de protegerlas y de mejorar las políticas de prevención y de detección.

Es la primera vez, por tanto, que se adopta un plan específico para luchar contra el trabajo forzoso que, hasta ahora, sólo se había abordado en conexión, por ejemplo, con actividades como la explotación laboral o la trata de seres humanos con fines de explotación laboral.

El Plan tendrá una duración de 3 años y se creará un Grupo de trabajo Interministerial que hará seguimiento de su grado de cumplimiento.

Objetivo del Plan
El Plan permite dar cumplimiento a los compromisos adquiridos por España y avanzar en el cumplimiento de la Agenda 2030, que constituye una prioridad para el Gobierno y el conjunto de nuestro país.
Abordar el trabajo forzoso y establecer mecanismos para su erradicación, no sólo supone una meta concreta del Objetivo de Desarrollo Sostenible 8 (Trabajo Decente), sino que también contribuye de modo sustancial a otros objetivos, como la construcción de sociedades más justas.

Áreas de actuación
El Plan de acción prevé medidas de análisis y estudio del fenómeno del trabajo forzoso: a través de las que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la Fiscalía General del Estado y el Consejo General del Poder Judicial mejorarán el conocimiento existente sobre el trabajo forzoso y compartirán información para prevenir mejor este tipo de conductas.

También recoge medidas de prevención, concienciación y formación; medidas de detección, investigación y enjuiciamiento, entre las que se prevé la tipificación como delito del trabajo forzoso y una intensificación de la actividad de la Inspección de Trabajo, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y la Fiscalía General del Estado. Incluye, además, medidas de protección y apoyo a las víctimas.

Por último, incluye medidas de coordinación y cooperación internacional ya que este tipo de prácticas a menudo involucran a personas procedentes de otros países y a organizaciones para delinquir radicadas fuera de nuestras fronteras. Es esencial, por tanto, reforzar la cooperación con los organismos internacionales (EUROPOL, EUROJUST, FRONTEX o la Autoridad Laboral Europea, por ejemplo) con el fin de combatir el trabajo forzoso.

Coordinación
Hasta nueve ministerios participarán en la ejecución de las medidas orientadas a combatir el trabajo forzoso. Junto con el Ministerio de Trabajo y Economía Social trabajarán, conjuntamente, los ministerios del Interior; Justicia; Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Derechos Sociales y Agenda 2030; Igualdad; Educación y Formación Profesional; Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, así como Hacienda.

Además, el Plan cuenta con la implicación de la Fiscalía General del Estado y del Consejo General del Poder Judicial.

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