Se encomienda al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo la gestión del servicio «Prevención10.es».
Resolución de 4 de febrero de 2016, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se encomienda al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), durante el año 2016, la gestión del servicio de la Seguridad Social denominado «Prevención10.es».
La Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, establece que la Secretaría de Estado de la Seguridad Social podrá encomendar al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en su condición de organismo científico y técnico especializado de la Administración General del Estado y centro de referencia nacional en materia de seguridad y salud en el trabajo, el desarrollo de programas y actividades preventivas comprendidos en la acción protectora de la Seguridad Social, a través de los instrumentos jurídicos que en cada caso procedan, enmarcándose esa encomienda en el ámbito de la dispensa de servicios relacionados con la prevención y el control de las contingencias profesionales prevista en el artículo 97 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
A través de las encomiendas realizadas en años anteriores se desarrolló y puso en marcha el servicio de titularidad de la Seguridad Social denominado «Prevención10.es».
En 2014 comenzaron los trabajos de adaptación de la plataforma («Prevención25.es») para que, tras la entrada en vigor de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, pudiera ser utilizada por los nuevos potenciales usuarios de la misma, las empresas de hasta veinticinco trabajadores en las que el empresario, de acuerdo con lo establecido legalmente, pueda asumir personalmente la prevención en su empresa, quedando ya integrada esta utilidad en el referido servicio «Prevención10.es».
El servicio que se dispensa a través de esta herramienta tiene como objetivos fundamentales los siguientes:
- Reducir las cargas administrativas respecto de las obligaciones de información que establece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Ayudar a las pequeñas empresas y a los trabajadores autónomos al mejor cumplimiento de sus obligaciones en el ámbito de la prevención, reduciendo sus costes y simplificando su forma de cumplimiento.
- Facilitar a las empresas que lo requieran la asunción de la actividad preventiva en los casos permitidos por la ley o, en su caso, la presencia de trabajadores designados.
El objeto de este servicio público, es la prestación de asistencia a las empresas de hasta veinticinco trabajadores que cumplen las condiciones para que el empresario pueda asumir personalmente la actividad preventiva, por medio de internet principalmente, para que puedan realizar el plan de prevención, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva, de acuerdo con los riesgos existentes en el sector de la actividad económica al que pertenezcan y las características de su organización y de sus centros de trabajo, así como el seguimiento y adaptación de dichos riesgos de conformidad con las previsiones establecidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Asimismo, el servicio también comprende la asistencia a los trabajadores autónomos para facilitarles instrumentos y asesoramiento para mejorar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de coordinación de actividades empresariales, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
El servicio se estructura en las siguientes áreas funcionales:
- «Evalua-t», cuyo objeto es el establecimiento por la empresa del plan de prevención, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva, así como la adaptación de los existentes.
- «Stop riesgos laborales», servicio telefónico de asistencia y orientación a la empresa destinataria de «Prevención10.es».
- «Instruye-t», consistente en una plataforma para desarrollar el plan de formación al empresario, de modo que pueda asumir personalmente la gestión de la prevención de riesgos laborales.
- «Autoprevent», herramienta que facilita al trabajador autónomo sin empleados a su cargo el asesoramiento técnico necesario para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones establecidos en la Ley 31/1995, 8 de noviembre, y que promueve la formación específica en materia de prevención de riesgos laborales adaptada a las peculiaridades de dichos trabajadores.
Más información:
- Resolución de 4 de febrero de 2016, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social / BOE
- Prevencion10.es / INSHT
Etiquetas: Autoprevent, Evalua-t, insht, Instruye-t, prevención10.es, Stop riesgos laborales
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