Sesión Informativa Ibermutuamur: Contenido Socio laboral del RD-Ley 16/2013 (Contratación estable y empleabilidad) y de la Ley 22/2013 (P.G.E.)

22 de abril de 2014 a las 14:38

Los pasados días 7 y 10 de abril se han celebrado en el centro de Pinto (Madrid) unas sesiones informativas sobre “Contenido Socio laboral del Real Decreto-Ley 16/2013 (Contratación estable y empleabilidad) y de la Ley 22/2013 (Presupuestos Generales del Estado)”, en las que se han tratado las novedades normativas más importantes para el año en curso.

pinto

La apertura en ambas sesiones estuvo a cargo de  Juan Carlos Sánchez Pérez, jefe de Calidad y Clientes de la Territorial Centro de Ibermutuamur, y como ponente se contó con la participación de Eduardo Díaz Abellán, socio director del despacho Laboreda.

Eduardo Díaz abordó las novedades que se han introducido en el Real Decreto-Ley 16/2013  sobre los contratos y los conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social y analizó  las novedades en el fomento del trabajo a tiempo parcial y la flexibilidad en el tiempo de trabajo.

Así, en su intervención  indicó que una de las finalidades del Real Decreto-Ley es potenciar la contratación a tiempo parcial. Explicó que se han introducido novedades para contratos y bases de cotización, tales como, por ejemplo, que los trabajadores a tiempo parcial vuelven a no poder realizar horas extraordinarias; el periodo de prueba de los contratos de duración determinada cuya duración no sea superior a 6 meses no podrá exceder de un mes, o que se establece la posibilidad de concertar un contrato de trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores a tiempo parcial.

Otra de las medidas analizadas en materia de cotización a la Seguridad Social ha sido incluir en la base de cotización conceptos excluidos por el art. 23.2 del Reglamento de cotización. Así la base de cotización para contingencias comunes y para contingencias profesionales pasa a estar integrada, salvo alguna excepción, por todos los conceptos retributivos como son los ticket restaurante, plus de transporte, cheque guardería, planes de pensiones y seguros de salud, equipos informáticos, entre otros. Con la finalidad de facilitar a las empresas el cumplimiento de la obligación de cotizar por estos conceptos incluidos en la base de cotización, analizó la Disposición Final Tercera del Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, que ha modificado el artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a los conceptos cotizables.

 

Etiquetas: , , ,

Compartir: Meneame Fresqui Delicious

© Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274.
Aviso legal y privacidad